Contribuyentes deben estar sin deudas de años anteriores para pagar tributos 2017
La Municipalidad de Asunción, a través de la Dirección de Recaudaciones, recuerda a la ciudadanía que se encuentra vigente lo establecido en la Ordenanza General de Tributos Municipales de la Junta Municipal N° 50/16, para el año 2017, específicamente en el Artículo 42.8, sobre imputación de pago de tributos.
Este artículo establece que cuando el pago de los impuestos, tasas y contribuciones incluya liquidaciones adicionales en concepto de multas por mora, recargo de intereses por mora y otros recargos, los pagos parciales se imputarán en el orden mencionado, liquidándose en último lugar el tributo adeudado.
Asimismo señala que si el contribuyente adeuda varias obligaciones por un mismo tributo, el pago se imputará primero a la obligación más antigua.
Cabe aclarar que cuando la deuda sea de varias obligaciones, por distintos tributos, el pago se imputará al rubro que elija el deudor, y de éste a la obligación más antigua.
Sobre el tema el director de Recaudaciones, Rolando Alvarenga, aclaró que las cajas municipales cuentan con una aplicación informática que bloquea el pago de tributos del año vigente, en los casos que el contribuyente tenga deudas pendientes de pago de años interiores por ese mismo tributo.
“Es decir si el contribuyente se presenta en caja para pagar una factura por impuestos y tasas 2017, pero tiene deudas atrasadas del 2013 o del 2014 por esos mismos tributos, el sistema le rechaza el pago, porque tiene deudas anteriores. Y en ese caso el pago se va a recibir imputando a la deuda más antigua. La imputación de pagos siempre va a ser a la deuda más antigua”, explicó.