Locales que funcionaban como frigorífico y matadería fueron suspendidos en sus actividades en la zona de Tablada

Dos locales que funcionaban, uno como frigorífico, y otro como matadería, en la zona de Tablada, fueron suspendidos en sus actividades por resoluciones de la Intendencia Municipal de Asunción, por transgresiones a la Ordenanza N° 79/23, “Que regula la protección, el almacenamiento, el transporte, la manipulación y comercialización de los alimentos in natura y mínimamente procesados”.

Uno de los locales suspendido funcionaba como Frigorífico, sin nombre, por Resolución N° 1.462/2024, ubicado sobre la calle Arroyo Yvyra’i casi Teniente Moreno, con Cuenta Corriente Catastral N° 15-0407-47.

Este local fue previamente intervenido por inspectores de la Unidad de Productos Naturales, dependiente de la Dirección de Defensa del Consumidor de la Comuna Capitalina, por transgresiones a la citada ordenanza.

Asimismo, el pasado 18 de julio, funcionarios municipales de la Unidad de Salubridad, se constituyeron en el local comercial, a fin de realizar una inspección sanitaria de productos naturales y estructura, según lo establecido en la ordenanza 79/23.

En el momento de solicitar el permiso correspondiente para el ingreso, el personal del lugar no lo permitió, por lo que se procedió a labrar un acta de intervención, por no autorizar el ingreso de inspectores municipales.

Además, por Resolución N° 1.463/2024, fue suspendido en sus actividades otro local denominado Caranchería, ubicado sobre De Las Llanas y Sgto. Martínez, con Cuenta Corriente Catastral N° 15-0099-25.

Se menciona que, previamente, inspectores de la Unidad de Productos Naturales, y de Salubridad, dependientes de la Dirección de Defensa del Consumidor, detectaron en el local contravenciones a la Ordenanza N° 79/23, específicamente en su Artículo 3° Inc. “G” y Artículo 5°.

Cabe agregar que el pasado 9 de julio, se constituyeron en el lugar inspectores municipales de las unidades mencionadas, para realizar una inspección sanitaria de productos naturales y estructura, según lo establecido en la Ordenanza municipal N° 79/23.

En esa oportunidad, en el momento de llegar al establecimiento, todo el personal del local se retiró de manera repentina, dejando cerrado el local. 

Por este motivo, se labró acta de intervención N° 6198 por los artículos 3° Inc. “G” Referente a: de los locales a ser controlados y que no quieren autorizar el ingreso de los inspectores.  Se labrará acta correspondiente.  Artículo 5° referente a: no está permitida la instalación del establecimiento en zonas insalubres o que carezcan de las condiciones ambientales adecuadas. 

Es importante recalcar que los hechos constatados constituyen contravenciones a disposiciones municipales contenidas en la Ordenanza Municipal N° 79/23, que ameritan una medida administrativa tendiente a hacer cumplir disposiciones municipales, por situaciones que pueden causar peligro inminente de daño al medio ambiente y a la salud.

Los antecedentes del caso fueron remitidos al Juzgado de Faltas Municipales.

El director de Defensa del Consumidor de la Comuna, Guillermo Fernández, encabezó ambos procedimientos, y brindó detalles.

Destacó que para la dependencia a su cargo es un día importante, porque, después de mucho transitar por la zona, se encontraron con lugares que están realmente en muy mal estado.

“Estos locales clandestinos, realmente para nosotros, no tiene sentido que estén habilitados.  Nosotros vinimos a hacer nuestra verificación, en un momento dado, esperando que los propietarios se acerquen, dejamos notificaciones, después procedimos a labrar actas y ahora, como último, la medida de urgencia de suspensión de actividades”, detalló.

Consultado sobre las faltas encontradas, respondió que, en primer lugar, un frigorífico no puede funcionar sobre un arroyo, en este caso el arroyo Yvyra’i.

“Uno de los locales, técnicamente, se dedica a pulverizar huesos para hacer alimentos para animales.  Las veces que vinimos estaban los funcionarios, después vieron que estábamos aquí y salieron todos.  Y es realmente impresionante el nivel de contaminación que tiene en esta zona el arroyo”, enfatizó.

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Puntualizó que los dos locales suspendidos no tienen denominaciones y que por las cuentas corrientes catastrales se guiaron para solicitar la suspensión de actividades.

Aclaró además que, independientemente a lo que es la suspensión de actividades, que ya no van a poder operar, esto ya tiene una sanción también que va a elevarse al Juzgado de Faltas, donde se establecerán las multas que pueden ir entre 100 a 300 jornales, que se le va a cargar en la cuenta corriente catastral.

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