Municipalidad de Asunción habilitó para su uso un total de 17 piscinas públicas y privadas
En esta temporada estival, las temperaturas elevadas son una constante, por lo que la Municipalidad de Asunción, en salvaguarda de la salud de los asuncenos, exige el cumplimiento a rajatablas de la Ordenanza Nº 154/04, que regula las condiciones higiénico sanitarias y técnicas de las piscinas, de uso público y privado.
Entre los requisitos para la habilitación de las mismas se tiene en cuenta la calidad del agua, por lo que se exige que deberán cargarse con agua tratada, proveniente de un servicio de provisión del vital líquido u otra fuente natural.
Entre otros requerimientos en cuanto a la calidad del agua se establece que el ph debe mantenerse entre 5,8 y 8,6 (valor límite en muestra aleatoria). Además el cloro residual disponible deberá mantenerse entre 0,5 a 3,0 mg/litro (valor límite en muestra aleatoria).
Asimismo, todas las piscinas balnearias o para la práctica de natación deberán cumplir con ciertos requerimientos con respecto a la calidad bacteriológica del agua. En ese sentido, es apto para su uso hasta 250 UFC/100 ml; aceptable de 250 a 500 UFC/100 ml y no es apto si cuenta con un número mayor a los 500 UFC/100 ml.
Listado de locales escolares, clubes y otros con Piscinas habilitadas:
- Club Internacional de Tenis
- Club Nueva Estrella
- Colegio Cristo Rey
- Club Cerro Porteño
- Club Centenario
- Cemefir
- Club Sol de América
- Escuela de Natación Burbujitas
- Cooperativa Mburicao
- Coosoar
- Club Alemán
- Instituto Randall
- Club Deportivo de Puerto Sajonia
- Colegio San José
- Colegio Apostólico San José
- Club de Suboficiales de las Fuerzas Armadas
- Cocodrilo
Es importante mencionar que la normativa municipal prevé una escala de sanciones aplicables a las faltas cometidas contra las ordenanzas municipales en este tema. Por ello se solicita a las personas que están a cargo de estos lugares, adecuarse a las exigencias mencionadas.