Municipalidad de Asunción realiza controles nocturnos en locales comerciales del microcentro capitalino

La Municipalidad de Asunción, a través de la Dirección General de Gestión Ambiental, realizó en la noche del viernes 24 y madrugada del sábado 25 de enero, controles a locales nocturnos del área del microcentro capitalino. Encabezó el operativo el director general de Gestión Ambiental, ingeniero Ivo Brun, quién informó que los aspectos controlados fueron los relativos a ruidos molestos, aguas servidas en calles y vertederos clandestinos.

Anunció que estos controles proseguirán durante el fin de semana y destacó que tienen como objetivo hacer cumplir las ordenanzas municipales en materia ambiental y sanitaria.
“El problema generado en este sentido es el lavado de vehículo en la vía pública. Por otra parte, casas comerciales y edificios que vierten sus aguas residuales en la calle. Además, se encontró la incorrecta disposición de residuos en espacios públicos. Otro aspecto que fue controlado es el de los ruidos molestos, atendiendo los parámetros mínimos, 55 decibeles para locales de recintos cerrados”, especificó.

Aprovechó también para explicar a la ciudadanía sobre el procedimiento que realizan.
“Ingresamos a los comercios y amablemente comunicamos sobre el procedimiento. Posteriormente damos a conocer las ordenanzas respecto a ruidos molestos. En caso de que nos encontremos con una situación en contravención a las ordenanzas ambientales, labramos un Acta de Intervención”, especificó.

Aclaró asimismo que ruidos molestos, vertidos de agua y mala disposición de residuos en vía pública son áreas de competencia de la Dirección General de Gestión Ambiental.

Es por ello que solicita la colaboración de la ciudadanía, tanto en el cumplimiento de las ordenanzas ambientales, así como denunciando situaciones irregulares.

Resultados del Operativo:

  • 10 Actas de Intervención a locales comerciales y edificios.
  • 4 Actas de Intervención a inmuebles con patios baldíos y en 1 caso contaba con una piscina en estado de abandono, constituyendo una amenaza grave a la comunidad, al constituirse en un potencial criadero del mosquito vector del Dengue.

Las contravenciones afectan a:

  • La Ordenanza N° 112/04 “Que modifica la Ord. N° 139/00 «Que establece disposiciones para el control del vertido de aguas residuales urbanas”; Art. 4 que reza: “está estrictamente prohibido verter aguas residuales urbanas o aguas servidas a la vía pública o a las propiedades del dominio público y privado. Las infracciones al presente artículo serán penalizadas teniendo en cuenta lo siguiente: zona de la ciudad, tipo de agua servida y tipo de pavimento”.
  • Ord. 408/14 “Gestión Integral de Residuos Sólidos y la Promoción de la Cultura de Basura Cero”. En cuanto a patios baldíos, el Art. 15 reza “Corresponde a los propietarios de inmuebles la limpieza de sus veredas, galerías comerciales y/o similares. Los residuos resultantes no podrán ser descartados en la vía pública, predio baldío o en inmuebles en estado de abandono, sino que deberán recogerse en recipientes adecuados y ser retirados por el servicio de recolección municipal y/o servicios debidamente concesionados”; Art. 16 “Los titulares o propietarios de predios baldíos y/o edificaciones en estado de abandono están obligados a mantener la limpieza de los mismos, combatir el crecimiento de alimañas, malezas, acumulación de desperdicios, escombros, chatarras y otros materiales o recipientes que favorezcan la polución ambiental”.
  • En cuanto a piscinas, el artículo 9 de la Ordenanza Municipal Nº 154/04 reza: “En las piscinas de viviendas deshabitadas, el propietario será el responsable de la desinfección y limpieza periódica, para evitar así la propagación de insectos como larvas de mosquito, etcétera, que pongan en riesgo la salud”. El artículo 10 de la misma Ordenanza reza: “En el caso de viviendas que se encuentren alquiladas, el inquilino es el responsable de mantener la piscina en condiciones higiénico – técnicas”.

La inobservancia de ambos artículos constituye una “Falta Grave” con multas de 10 a 300 jornales (843.000 a 25.302.000 guaraníes), según la escala de multas de la Municipalidad de Asunción.

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