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No existe ni existió conducción bicéfala en la Municipalidad de Asunción aclararon a la prensa altos funcionarios de la Intendencia y de la Junta Municipal

En rueda de prensa realizada en horas de la tarde de este lunes 24 de febrero en la Municipalidad de Asunción, directores municipales de la Intendencia y altos funcionarios de la Junta Municipal, aclararon sobre publicaciones surgidas de un informe de la Contraloría General  de la República,  las cuales se basan en puntualizaciones que en el día de la fecha y en días anteriores se han publicitado en medios de prensa.

Participaron en la conferencia de prensa el director de Asuntos Jurídicos, abogado Benito Torres; el director general de Gabinete, doctor Wilfrido Cáceres; el administrador de la Junta Municipal de Asunción, Jorge González y el funcionario Venancio Romero, que en el año 1972, fungía de girador del Legislativo Municipal .

El abogado Benito Torres comenzó mencionando que en el informe se sostiene que existen prácticamente un caos financiero y una doble administración en la Municipalidad, lo cual no se ajusta a las normas que regulan la materia, en especial a lo que se refiere a administración financiera municipal.

Aclaró que los ingresos y egresos lo administra la Intendencia Municipal, en base al presupuesto general del Municipio, que es debidamente aprobado por la Junta Municipal y promulgado expresa o fictamente por la Intendencia.

“Es decir, que ningún ingreso o egreso se realiza fuera de dichas partidas presupuestarias, por lo que la Municipalidad se apega estrictamente al principio de legalidad”, aseguró.

Refirió que el Sistema Administrativo Municipal es complejo, porque por un lado tiene sus regulaciones propias, establecidas en la misma Carta Orgánica Municipal y subsidiariamente se aplica la Ley de Administración Financiera.

“Debemos convenir que el Presupuesto General del Municipio es la expresión financiera municipal, en donde se establece expresamente cuáles son los ingresos y cuáles son los egresos y el modo en que se debe gastar, en la Ley del Presupuesto General de Gastos. Por lo tanto, cuando se sugiere que teóricamente se estaría hablando de doble administración, tal situación no se ajusta a la realidad”, recalcó.

Agregó que se debe entender que la Ordenanza, y en especial la Ordenanza del Presupuesto General del Municipio, tiene fuerza obligatoria para el territorio municipal, de conformidad a lo que dispone el Artículo 37º de la Ley Orgánica Municipal.

“En dicho presupuesto se autoriza, en su Artículo 60º, que la Intendencia tiene la obligación de transferir los fondos necesarios para el manejo de la Junta”, enfatizó.

Aseguró que el Intendente no está delegando su función en la Junta Municipal porque la Intendencia cumple con su función de recaudar, invertir y dentro de las facultades que tiene se crea una sub administración, tal como lo establece el Artículo 181 o 182 de la Ley Orgánica Municipal.

“Es decir que esa delegación está expresamente autorizada y está refrendada, nada más y nada menos, que por una ordenanza, que tiene fuerza obligatoria, por lo tanto, dicha observación, a nuestro criterio, no se ajusta a las normas superlativas de Administración Financiera”, recalcó.

En un momento manifestó su extrañeza de que este tema sea ventilado ahora, pues desde el año 1972 este funcionamiento administrativo se viene ejerciendo con toda normalidad dentro del Municipio de la ciudad de Asunción.

 “Y tampoco los organismos naturales de fiscalización hasta la fecha han cuestionado, a pesar de que el Artículo 280º, de la Ley Orgánica Municipal, establece o establecía que la Contraloría General de la Nación podría reglamentar, en lo que se refiere a Administración Financiera, cualquier tipo de sugerencia o de recomendaciones que debe hacerse”, manifestó.

Director General de Gabinete manifestó que existirían razones políticas para estas publicaciones

El doctor Wilfrido Cáceres expresó que la administración interdependiente de la Junta Municipal, a través de una giraduría,  fue aceptada en el año 1972, donde su primer girador fue el señor Venancio Romero, quien estuvo presente en la rueda de prensa.

“Su nominación data de la Resolución 8.135 del 3 de enero de 1972 y  están dentro de los antecedentes”, puntualizó.

Señaló que habría razones políticas para estas publicaciones ya que les  llama poderosamente la atención que estas declaraciones sean dadas exclusivamente con inclinación hacia el ingeniero Rodríguez, quien en su momento fue presidente de la Junta, teniendo en cuenta que también lo fue el hoy diputado Hugo Ramírez; como así también lo fue el hoy senador Mario Martín Arévalo; como así también lo fue el ex intendente municipal Omar Pico y como así también lo fue el señor Daniel Centurión, flamante ministro secretario de la Presidencia de la República.

“Todos ellos pueden atestiguar que estos actos administrativos fueron realizados bajo el imperio de la legalidad descripta por el doctor Benito Torres”, reiteró.

Aprovechó también para preguntarse qué pasa del 2015 para adelante, como bien se ha solicitado y se volverá a solicitar.

“Porque tenemos un compromiso expreso que la ciudadanía acceda a toda la información posible y puedan ser ventilados todos los tipos de hechos de corrupción que se pudieran haber dado en el transcurso de estas administraciones”, manifestó.

Administrador de la Junta Municipal de Asunción también dio su versión de los hechos

Por su parte el representante de la Junta Municipal de Asunción, Jorge González, reafirmó que esta forma de manejo administrativo no es nuevo y viene del año  1972.

“Desde el momento mismo que la Intendencia, a través de una resolución emanada del Legislativo Municipal y promulgada por el Ejecutivo, inicia el proceso de transferencia de fondos, establecida en la doceava parte del presupuesto destinado a la Junta Municipal”, explicó.

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