Municipalidad otorga exoneraciones de impuestos a propietarios de edificios patrimoniales que los mantengan en buen estado

La Municipalidad otorga incentivos tributarios a inmuebles catalogados históricos en el microcentro de la ciudad, estos inmuebles deben estar catalogados y además tener un mantenimiento aceptable Todo esto se debe a la necesidad de revitalizar el centro histórico de Asunción.

Los propietarios de edificios, catalogados como patrimoniales, pueden acceder a un beneficio de hasta el 100% de exoneración en impuestos, con el compromiso de invertir en los mismos, para ponerlos en condiciones.

Esto está establecido en la Resolución de la Intendencia Municipal Nº 207/2022, firmada por el intendente capitalino, Oscar Rodríguez.

A continuación, se detallan los principales artículos de la mencionada resolución, que establecen las condiciones para acceder al beneficio de exoneración detallado.

Art. 1º. Disponer que, de conformidad a la Ordenanza General de Tributos Municipales para el año 2021, los inmuebles declarados Bienes Patrimoniales municipales y Bienes de Valor excepcional y que se hallan inscriptos en el Registro de Bienes del Patrimonio Cultural, en conformidad con la Ley Nº 5621/2016, en los casos de las construcciones cuyo grado de preservación sea regular, malo o en ruina, determinados por el Departamento de Patrimonio Cultural de la Ciudad de Asunción, reciban un incentivo tributario para la puesta en valor del bien patrimonial.

Art. 2º. Los propietarios de los bienes culturales materiales, cuyo grado de preservación sea regular, malo o en ruina, podrán beneficiarse con la exoneración del 100% correspondiente a exoneración de impuestos inmobiliarios, a fin de incentivar su puesta en valor de la edificación, invirtiendo en recuperación de su bien cultural patrimonial, hasta que cumpla con los requisitos de conservación de la superficie preservada para acogerse a la exoneración correspondiente.

Art. 3º. Los propietarios de estos bienes culturales deberán presentar una propuesta de los trabajos y los costos, a ejecutarse en el año, firmado por un profesional entendido en la materia, la cual será analizada por el Departamento de Patrimonio Cultural de la Ciudad de Asunción, para su conformidad y su posterior derivación a la Dirección de Recaudaciones.

Art. 4º. Identificados por las verificaciones a los inmuebles, los trabajos necesarios para la Puesta en Valor del inmueble a realizarse, el propietario deberá solicitar la reducción impositiva, cumpliendo con los siguientes requisitos:

a)   Copia de la cédula de identidad del propietario.

b)   Copia del título de propiedad del inmueble.

c)   Plano de arquitectura del inmueble catalogado actualizado, a fin de identificar las partes originales.

d)   Fotos de fachadas, interiores y detalles constructivos resaltantes.

e)   Un Plan de Trabajo que deberá contar con el visto bueno del Departamento de Patrimonio Cultural de la ciudad de Asunción.

f)     La presentación del Certificado de conformidad de la propuesta, firmado por la autoridad competente del Departamento de Patrimonio Cultural de la ciudad de Asunción.

g)   La copia del Certificado de Bien Cultural de la Municipalidad de Asunción o Resolución de Secretaría Nacional de Cultura, si ya la tuviera.

h)   Presentar Declaración Jurada con el compromiso de que acercará el Protocolo de intervención correspondiente.

Art. 5º. Los documentos o las acciones de mejoras a ser introducidas en el año, estarán sujetas a fiscalización y evaluación técnica final, para determinar si se dieron estas, a fin de continuar el beneficio otorgado por el Municipio de la Ciudad de Asunción.

Art. 6º. Se verificará en todos los casos, por primera vez, el estado de:

a)   Las coberturas: materiales y situación al presente.

b)   Los paramentos interiores y exteriores.

c)   Paramentos de fachadas.  Vegetación.

d)   Aberturas: incompletas – en mal estado – falta de pintura – herrajes – vidrios.

e)   Parâmetros faltantes o caídos.

f)     Daños estructurales en paramentos, inferiores o superiores (fisuras – grietas).

g)   Estado de los revoques interiores y exteriores.

h)   Pisos: faltantes – hundidos.

i)     Instalaciones: expuestas – con pérdidas – faltantes.

j)     Obtenida la cualificación, se expedirá la constancia pertinente.

Art. 7º Esta reducción podrá extenderse para cada inmueble hasta un plazo máximo de 5 años.

Art. 8º.  El valor de los trabajos a ejecutarse cada año y aprobados por el Departamento de Patrimonio Cultural de la Ciudad de Asunción, deberá ser igual o mayor al monto del impuesto inmobiliario exonerado, en el mismo ejercicio fiscal.

Art. 9º. En el caso que no se realicen los trabajos propuestos en el año (previa fiscalización del Departamento de Patrimonio Cultural de la Ciudad de Asunción) no podrá beneficiarse en los años venideros.

Cabe destacar que esta resolución se estableció teniendo en cuenta la necesidad de generar la reglamentación de estímulos, para la puesta en valor de los edificios que conforman el patrimonio cultural de nuestra ciudad y sitios patrimoniales, según determinan las ordenanzas referentes a la salvaguarda del patrimonio cultural edificado.

En ese sentido, son necesarios la protección y mantenimiento, en el tiempo, de los inmuebles catalogados como Patrimonio Cultural material, para preservar nuestra memoria histórica, la imagen urbana, así como las condiciones ambientales de cada edificio y sus entornos, sus valores artísticos y otros.

Es importante recordar que, en virtud de los artículos Nros. 448º y 449º de la Ord. 26.104/90, corresponde a los propietarios el mantenimiento, limpieza y ornato de las edificaciones, a fin de conservar y mantener el buen estado de la construcción existente, de uso y funcionamiento, seguridad, higiene, salubridad y la buena imagen o estética.

Justamente, el objetivo fundamental es atender la gran cantidad de inmuebles catalogados como patrimonio cultural material que se encuentran en un estado de abandono y de peligro para terceros, el bajo porcentaje de los que se encuentran al día con sus tributos y el bajo porcentaje de los contribuyentes que han solicitado la exoneración impositiva para la preservación del bien cultural material que les pertenece.

Es así que la Municipalidad, en su afán de revitalizar las edificaciones y sitios patrimoniales, propone crear un estímulo tributario a los propietarios que posean edificaciones en muy bueno, bueno, regular, malo o ruina de conservación, para su aplicación en la recuperación de los mismos, hasta su Puesta en Valor.

Además, la Ordenanza tributaria autoriza a la Intendencia Municipal a reglamentar, de acuerdo a la evaluación del nivel de preservación del bien cultural y a las políticas de conservación y puesta en valor.

Ya se han hecho más de 1800 notificaciones en el Centro Histórico de Asunción

El Ingeniero Rolan Salinas, Jefe de Bienes patrimoniales de la Comuna Asuncena, señala que finalmente la comuna es la encargada de determinar a través de sus técnicos, la catalogación del inmueble y ver si tiene algún sector o toda la construcción un vestigio patrimonial.

Informó que los vestigios pueden ser culturales o arquitectónicos, paisajísticos, pero debe hacerse primero una verificación y en base a los parámetros obtenidos se catalogan los inmuebles, aclarando que las gestiones los propietarios deben hacerlos de forma física en la comuna de Asunción o enviar gestores.

También se da participación para la evaluación a la Secretaría Nacional de Cultura para que se pueda hacer la catalogación.

Comentó que se está haciendo una notificación masiva y se está haciendo un trabajo conjunto con el departamento de verificación de obras orientado específicamente a la zona del centro histórico de Asunción y también a zonas aledañas.

En estas notificaciones, que ya llegaron a las 1800, se emplazan a los propietarios que pongan en condiciones estos inmuebles, ya sean las fachadas, los aspectos arquitectónicos, para de esa manera mejorar el centro histórico de Asunción.

Dijo Salinas, que de 20 al 30 %, de los notificados ya vinieron para ponerse a disposición de la comuna y retiran los requisitos y se nota que tiene el interés de acogerse a esos beneficios. Señaló finalmente que los trámites burocráticos llevan de dos a tres meses para terminar con estos procedimientos en la municipalidad.

Licenciada Silvia Figueredo: si los propietarios gastan 50 millones se les devuelve en cinco años el cien por ciento en impuesto inmobiliario

La licenciada Silvia Figueredo manifestó que la comuna otorga beneficios para los propietarios de inmuebles que se consideran patrimonio cultural, lo que se llama puesta en valor, implica que aquellos dueños que desean invertir en esos inmuebles pueden presentar sus propuestas de refaccionar, ya sea el inmueble en sí, la fachada o parte del inmueble esto se evalúa por un profesional arquitecto, luego se presenta en la municipalidad el proyecto y el costo que ellos invierten en refaccionar determinadas áreas del inmueble se lo devuelve a través de la exoneración del impuesto inmobiliario.

Dijo la licenciada Silvia Figueredo que el tramite consta de dos pasos, se inicia la propuesta se le aprueba en el campo de patrimonio cultural y luego solicitan la exoneración del impuesto in mobiliario por el mismo monto que ellos han invertido.

Si el contribuyente decide invertir 50 millones en la refacción de su fachada, ellos van a tener una exoneración de un periodo de hasta cinco años, donde se los va a exonerar al 100 por ciento el impuesto inmobiliario de dicho inmueble para que pueda recuperar lo invertido para hermosear su propiedad.

Dijo que mantener estos inmuebles en condiciones tienen sus bemoles, son pocos los profesionales que pueden hacer las modificaciones, no es un obrero publico el que pueda hacer los arreglos, los profesionales arquitectos están avalados para hacer estos trabajos, por eso es más costoso arreglarlo que una vivienda normal. Per o precisamente porque tiene un costo mayor es que la comuna con esta medida quiere que el propietario invierta en s inmueble.

En la mayoría de los casos en el centro histórico están muy deteriorado tienen poco porcentaje de exoneración del impuesto inmobiliario, entonces con esta propuesta de puesto en valor, lo que se quiere asegurar al contribuyente que si hacen los arreglos en forma se los van a exonerar el 100 por ciento de lo invertido.

Dijo que lo que busca es que la ciudad se revitaliza con estas mejoras edilicias y resulta agradable a la vista tanto para el asunceno como para el visitante.  Dijo que la revitalización es algo donde todos los moradores de la ciudad debemos estar involucrados para mejorar y levantar el centro histórico.

Dijo por último que este es un esfuerzo colectivo, donde participa el gobierno nacional, con el Ministerio de Obras Públicas y el despacho de la primera dama que está a cargo de la Arquitecta Leticia Ocampos, esposa del Presidente Peña, con la Municipalidad de Asunción, todos con el objetivo de mejorar el centro capitalino.

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