Transparencia y Acceso a la información pública desde la Gestión Municipal
Desde el Gobierno Municipal estamos comprometidos con la transparencia como un eje clave de la gestión pública, colaborando con la Contraloría General de la República, además hemos creamos una Dirección de Transparencia y Anticorrupción y una oficina de acceso a la información pública.
Se ha mantenido una política de puertas abiertas con la Contraloría General de la República, ofreciendo toda la información solicitada en tiempo y forma y cumpliendo con todos los pedidos de informe que han sido solicitados por dicha institución.
A fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 5282/14 “De Libre Acceso Ciudadano A La Información Pública Y Transparencia Gubernamental”, la Municipalidad de Asunción ha dispuesto la creación de la Dirección de Transparencia y Anticorrupción, cuya directora actualmente es Carina Benítez. Esta dependencia es la encargada de proveer la información a los solicitantes a través del portal único de acceso a la información pública, que es controlado además por el MITIC y el Ministerio de Justicia.
En el presente año el señor Luis Gabriel Irrazabal Medina, realizó una Solicitud de Acceso a la información pública, que fue reiterada en fecha 26/03/19. El Pedido cuenta con N° ID 19656, del portal Único de Acceso a la Información pública. En cumplimiento a este pedido, recibido a través del portal, la Municipalidad Asunción, entregó los datos al solicitante y puso a disposición del público información respecto a rodados que están registrados en su base de datos, conforme a lo dispuesto en la Ley.
A través de este pedido el solicitante requirió datos sobre vehículos habilitados en la Municipalidad de Asunción, en formato Excel, indicando toda la información que se requería, el pedido fue contestado dentro del plazo.
La Ley N° 5282/14 define como información pública a aquella producida, obtenida, bajo control o en poder de las fuentes públicas, independientemente de su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento. Tal es el caso de la información de los rodados, que fue entregada al solicitante y publicada en el portal de acceso a la información pública y en la Web oficial de la Municipalidad.
Si bien la provisión de la información se realizó conforme al pedido y dando cumplimiento a la Ley N° 5282/14 y a su decreto reglamentario N° 4064/15, ante las inquietudes ciudadanas, la institución consideró prudente no publicar los datos que permitan individualizar a los contribuyentes y se dispuso que en toda actuación se busque proveer toda la información solicitada, protegiendo datos que permitan la individualización de los ciudadanos.
Es también importante mencionar lo establecido en el Artículo 28 del decreto N° 4064/15 que dispone sobre la Centralización de la Información: “Todas las solicitudes de información pública respondidas por las fuentes públicas deberán estar disponibles en los sitios web oficiales de cada fuente pública y en el Portal Unificado de Información Pública en el plazo exigido por la Ley No 5282/2014, y es esto una obligación para cada fuente pública y sin perjuicio de que la información sea entregada en un formato distinto al solicitante. Las respuestas deberán ser sistematizadas y organizadas conforme a temáticas y resaltadas por la frecuencia de solicitudes del mismo tipo.” Es así que la única información que no sería entregada al solicitante es aquella que sea calificada o determinada como reservada en forma expresa por la ley, esto conforme al artículo 22 de la Ley N° 5282/14.
Cabe destacar que desde la institución municipal se mantuvo siempre una fluida comunicación y un trabajo conjunto con los responsables del portal sobre la información requerida, sin objeciones ni oposición a las tareas realizadas.